Se creará un corredor ecológico alrededor del Mar Menor

Escrito por Comunidad Autónoma. 27 de diciembre de 2019, viernes.

Así lo contempla el Decreto Ley de Protección Integral con la finalidad de que actué como filtro natural. El Boletín Oficial de la Región de Murcia publica hoy la norma que entrará en vigor a partir de mañana.



El Plan de Ordenación Territorial de la Cuenca Vertiente al Mar Menor, que recoge el Decreto Ley de Protección Integral del Mar Menor aprobado ayer por el Consejo de Gobierno, establecerá un corredor ecológico alrededor de este mar con objeto de actuar como filtro natural ecosostenible.
 
Así lo explicó el consejero de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, Antonio Luengo, tras mantener un encuentro en Cartagena con los alcaldes o representantes de Murcia, Cartagena, San Javier, San Pedro del Pinatar, La Unión, Los Alcázares y Torre Pacheco, a los que presentó el nuevo texto que entrará en vigor mañana, tras ser publicado hoy en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. En la reunión estuvo también presente la consejera de Turismo, Juventud y Deporte, Cristina Sánchez.
 
Luengo precisó que “esta medida se incluye con el objetivo de que realice una función de retención de agua en caso de episodios de precipitación de carácter intenso, como las registradas en los últimos meses y que han afectado de manera significativa al Mar Menor, por lo que representa un importante papel dentro de la batería de medidas presentadas ayer”.
 
“Actuaciones que favorecerán el mantenimiento de la conectividad ecológica del Mar Menor y su entorno, identificando terrenos forestales y hábitats naturales, así como aquellos espacios que deban recuperar esa funcionalidad incorporando la red de vías pecuarias”, añadió el consejero. Además, se revisará la idoneidad actual de los suelos sin desarrollar y sus condiciones de inundabilidad.
 
El Decreto Ley da un plazo de cinco años desde su entrada en vigor para aprobar el Plan de Ordenación Territorial de la Cuenca Vertiente del Mar Menor, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de Ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia. El ámbito territorial de este instrumento comprenderá, al menos, el polígono delimitado al norte por la línea límite con la provincia de Alicante, al oeste por la Autovía AP-7, al sur por la carretera RM-12 y el Camino de Calarreona y por la línea litoral del Mar Menor y del mar Mediterráneo.
 
Actuaciones en puertos deportivos
El consejero Antonio Luengo también informó a los representantes de los ayuntamientos, especialmente a los ribereños, de las nuevas exigencias que la norma recoge en materia de puertos deportivos. Así, puntualizó que “además de quedar prohibida la construcción de nuevos puertos deportivos, la ampliación de los existentes solo será posible cuando se plantee en el marco de un programa de reconversión ambiental de los mismos, sin la utilización de diques de escollera continua y con sistemas de atenuación del oleaje”.
 
Como consecuencia, antes de conceder cualquier tipo de prórroga, renovación o nueva concesión, “los interesados deberán presentar un estudio de afecciones a la dinámica litoral y, en caso de que concluya que presenta efectos adversos, deberán ejecutarse las medidas necesarias para la eliminación o mitigación de dichos efectos”.
 
Igualmente, el Decreto Ley recoge la obligación de que en el plazo de seis meses los puertos deportivos de Los Urrutias y Los Nietos presenten un estudio de afecciones a la dinámica litoral, que debe incluir las medidas necesarias para la eliminación o mitigación de los posibles efectos adversos.
 
En definitiva, “medidas con las que pretendemos que estas infraestructuras no afecten a la dinámica litoral del Mar Menor, para evitar que se produzcan daños al ecosistema o transformaciones en la costa, lo cual podría tener consecuencias muy negativas en el proceso de recuperación que queremos consolidar”, concluyó el titular de la Consejería de Agua.


* Texto remitido en el que se respeta el contenido íntegro, la redacción y la ortografía, con excepción de la entradilla del artículo

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